Normativa para iniciarse en un negocio rural

shutterstock_245255149reducida

Cada año el denominado turismo rural cobra más fuerza entre las opciones de ocio a tener en cuenta durante las vacaciones. El campo supone una vía de escape vacacional para muchos, que pueden descontaminarse así del ritmo frenético y la polución de la ciudad mientras que para muchos otros, en esta época de crisis, ha supuesto una alternativa a la escasez de trabajo en las empresas. Si estás interesado en un posible negocio relacionado con el mundo rural, nuestro consejo es que te pongas en manos de abogados mercantiles que puedan asesorarte en todos los detalles de una actividad comercial. Pero desde este blog te adelantamos algunos puntos básicos que deberías tener en cuenta desde le principio.

Por turismo rural podemos entender muchas cosas. Su definición es muy amplia pero para acotar podemos definirlo como toda actividad que se desarrolla en un medio rural y que tiene por objetivo hacer que el cliente interaccione con este entorno a través por ejemplo de su gastronomía, su cultura, su actividad laboral.. En cuanto a lo relativo al alojamiento, cada comunidad establece su propio reglamento, pero nuevamente de manera más amplia podemos hablar de dos variantes: el alquiler de la casa rural en su totalidad o por habitaciones.

En cuanto a qué se considera un entorno rural, deberemos como ya se ha dicho atender a la legislación de cada región para esta materia, pero guiándonos por el Instituto Nacional de Estadística hablamos de un municipio con una población inferior a 15.000 habitantes.

Cuando iniciamos cualquier actividad comercial, lo más adecuado es dirigirnos a un especialista, un abogado mercantil y/o laboral que nos guie en la ardua tarea de papeleos, permisos, leyes… lo que nos asegurará tener todos nuestros papeles en regla y evitar cualquier problema normativo que siempre reporta largos periodos de espera e inmovilización.

En lo referente al campo, la compra del terreno donde desarrollaremos nuestra labor será uno de los desembolsos más importantes además de un elemento primordial, porque como en cualquier otro tipo de negocio nuestra ubicación es esencial. Existen tipos distintos de terrenos que llevarán asociados condiciones distintas: Así están los terrenos rurales, de precio más bajo pero donde no existe la posibilidad de construcción más allá de espacios destinados al material de labranza y en algunos casos pequeñas viviendas justificando que el trabajador debe residir allí. O los urbanizables donde todas las comodidades de una vivienda: agua, electricidad… serán satisfechas por el ayuntamiento pero cuyo precio es siempre más elevado.

Según el Instituto de Desarrollo Comunitario existen otras consideraciones a tener en cuenta a la hora de catalogar un alojamiento rural: Están deberás situarse en zonas alejadas del centro o bien situarse en localidades de un número de habitantes inferior a 1500. En cuanto a la tipología de alquiler si optamos por habitaciones el dueño deberá residir en la casa, mientras que si alquilamos la propiedad deberá hacerlo en el mimos pueblo. Existe una exigencia de un máximo de 15 camas por alojamiento y en algunos casos dependiendo de la comunidad se demanda cierta arquitectura tradicional.

Ten en cuenta que las habitaciones deberán contar en todo momento con ventilación exterior y contar con agua potable, luz y calefacción al igual que el resto de zonas destinadas a uso común.

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest